Carneó una Oveja y Pagó $30,000 por el Daño

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El juez de Control, Carlos Roberto Espínola, resolvió el sobreseimiento de R. D. Moreno, imputado en una causa de abigeato menor en Telén, mediante la figura de Principio de Oportunidad. El damnificado recibió la suma de $30,000, valor estimado de la oveja faenada.

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Aplicación del Principio de Oportunidad

El fallo se basa en la aplicación del criterio de oportunidad y la conciliación entre las partes involucradas, lo que llevó a la extinción de la acción penal, tal como lo establece el artículo 15 del Código Penal. Según consta en la audiencia de conciliación, el Ministerio Público Fiscal prestó conformidad con el acuerdo presentado por la defensa del imputado, María Soledad Trímboli, del Ministerio Público de la Defensa.

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Detalles del Caso

En enero de este año, un hombre que posee ovejas en su domicilio, ubicado a orillas del casco urbano de Telén, reconoció que el animal faenado en la puerta de una vivienda le pertenecía. Tras una investigación de la Comisaría Departamental Telén, Moreno, de 24 años, fue imputado.

Resolución Judicial

El proceso incluyó la notificación al Registro Nacional de Reincidencia y la finalización del caso tras el cumplimiento de los requisitos procesales. Las partes renunciaron a los plazos establecidos, cerrando el caso con la conformidad de todas las partes involucradas.

Enfoque en la Reparación del Daño

La fiscal María Nemesio, del Ministerio Público Fiscal IV Circunscripción Judicial, destacó que este fallo refleja una tendencia hacia la conciliación y la aplicación de medidas alternativas en el sistema judicial argentino. El artículo 15 del Código Procesal Penal de La Pampa permite a los fiscales no llevar adelante la persecución penal en ciertos casos bajo condiciones específicas, favoreciendo soluciones alternativas como la reparación del daño y la conciliación entre las partes.

En este caso, se priorizó la reparación del daño con el valor del animal, estableciendo una cifra de $30,000.