En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Baltazar Moreno Canori, de 20 años, por el delito de homicidio culposo agravado debido a la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo, así como por haber manejado con un nivel de alcohol superior al permitido.
La sentencia impone tres años de prisión condicional, junto con una inhabilitación especial para conducir por ocho años. Además, se establece el cumplimiento de reglas de conducta por dos años, que incluyen la fijación de domicilio y la supervisión por parte del Ente de políticas socializadoras y Unidad de Abordaje Ley 2831, así como la obligación de abstenerse de cometer nuevos delitos.
El trágico incidente tuvo lugar el 19 de febrero de 2023, alrededor de las 00:30 horas. Moreno Canori, bajo la influencia de alcohol (1.08 grs/lt), conducía un VW Vento con dos acompañantes por calle 452 de General Pico. Al ingresar a la Avenida Circunvalación, no percibió la presencia de otro vehículo que transitaba en dirección Este-Oeste, resultando en una colisión que impactó la puerta trasera izquierda de su auto.
Como resultado del choque, Emiliano Gabriel Caballero (19), quien se encontraba en el asiento trasero del vehículo conducido por Moreno Canori, salió despedido por la ventanilla trasera izquierda y chocó contra el guardarrail del lado sur de la vía. A pesar de ser trasladado al Hospital Centeno por el servicio de emergencias, lamentablemente falleció.
El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky, el defensor oficial Walter Vaccaro y el imputado, contando con la conformidad de la progenitora del fallecido. El juez subrayó que, de acuerdo con la ley procesal, el acuerdo de las partes constituye un límite irrevocable para la imposición de penas.