Impactante Caso de Abuso: Condena de Seis Años para el Acusado

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El fallo inicial, presidido por la jueza Alejandra Ongaro en un tribunal de audiencia unipersonal, fue objeto de apelación por parte de la fiscal Paula Duscher de General Acha. Esta apelación llegó al Tribunal de Impugnación Penal (TIP) y fue evaluada por Gabriel Tedín, quien en su primer voto revocó la sentencia de Ongaro. Filinto Rebechi, en un segundo voto, respaldó la decisión de la jueza. Finalmente, el juez Pablo Balaguer se sumó al voto de Tedín.

En primera instancia, la jueza Alejandra Ongaro absolvió al acusado M.A.C., basándose en el principio de «indubio pro reo», es decir, la duda a favor del reo.

La denuncia de abuso fue presentada por B., quien relató que los abusos comenzaron cuando aún asistía a la escuela primaria. El acusado la acechaba en la escuela, la seguía y la llevaba en su auto a un lugar donde ocurrían los abusos, incluso con acceso carnal. Además, le enviaba mensajes al celular.

La fiscal Duscher apeló el fallo argumentando una «errónea aplicación de la ley sustantiva y errónea valoración de la prueba». Sostuvo que la jueza realizó una evaluación fragmentada de las pruebas, lo que condujo a una sentencia arbitraria y violatoria de los derechos convencionales y constitucionales, así como de leyes nacionales y provinciales en la materia.

La acusación se centraba en los hechos ocurridos cuando B. tenía 11 años y continuaron hasta que denunció el caso a los 13 años.

Sin embargo, debido a que la figura del delito de abuso está tipificada hasta los 13 años en un artículo y en otro para mayores de 13 años, la jueza absolvió al acusado basándose en esta diferencia de calificación. Duscher argumentó que esto omitió «la función del MPF otorgada por mandato constitucional, y también violentó las convenciones internacionales que indican que los estados deben actuar con debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, especialmente cuando la víctima es una niña/adolescente».

La jueza desglosó los hechos en su fallo, abordando específicamente lo sucedido el 3 de septiembre de 2019 y las declaraciones de B. al llegar a su casa ese día. También se refirió a los mensajes enviados, destacando la indecisión de la víctima y la ausencia de violencia o autoritarismo por parte del acusado.

La Cámara Gesel, según la jueza, arrojó respuestas «monosilábicas» de B. La fiscal Duscher señaló que la forma de expresión está vinculada a la personalidad de la víctima y a los hechos.

Tedín detalló el testimonio de la víctima y de las amigas. B. relató que el acusado la abordaba después de la escuela, la seguía y la llevaba a un campo cercano, donde ocurrían los abusos. También mencionó que la amiga de B. confirmó estos encuentros, lo que generaba conflictos.

El testimonio de B. se consideró un indicador altamente específico de abuso sexual. Se destacó la coherencia y precisión en sus declaraciones. La psicóloga forense subrayó la profunda afectación y sentimientos de culpa de B., evidenciados a través de la comunicación gestual.

La pericia del médico forense reveló lesiones de larga data. La denuncia se realizó en septiembre de 2019, cuando B. tenía 13 años.

Aunque la fiscalía solicitó 8 años de prisión, Tedín estableció una condena de 6 años. También consideró que la fiscal debió calificar de manera diferenciada los abusos cometidos después de los 13 años, ya que el delito no se configuró durante todo el periodo mencionado por la Fiscalía.

El juez Filinto Rebechi respaldó el fallo de Ongaro, alegando que la pericia del celular no revela relación entre C. y B. antes del 30 de junio de 2019. Afirmó que estos contactos no prueban los encuentros y los abusos. También señaló que ni el padre ni la madre de B. notaron cambios en su personalidad entre los 11 y 13 años que pudieran indicar que estaba siendo víctima de abuso, entre otros argumentos.

El fiscal Pablo Balaguer se sumó a la postura de Tedín y apoyó la condena de M.A.C. por abuso sexual, así como la sentencia de seis años de prisión.