La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha dictaminado que el gobierno de La Pampa detenga el proyecto de trasvase de agua subterránea del Acuífero del Valle Argentino, que tiene como objetivo abastecer temporalmente al Acueducto del Río Colorado. El tribunal supremo afirmó que tanto el Gobierno nacional como el Gobierno de la provincia de Buenos Aires deben dar su opinión sobre estos trabajos.
El proyecto busca inyectar agua subterránea cuando el acueducto esté fuera de servicio o requiera mantenimiento, lo que representaría aproximadamente 10 días al año.
En respuesta a esta iniciativa, dos residentes de General Acha presentaron una medida cautelar ante la CSJN. María Laura de Aguirre y Fernando Omar Feito exigieron la realización de un estudio de impacto ambiental para esta obra.
Los demandantes argumentaron que se vieron «afectados» porque residen en General Acha, una localidad que abastece a sus 15,000 habitantes con agua potable del Acuífero del Valle Argentino, una Reserva Hídrica Estratégica según la resolución 11/2013 de la Secretaría de Recursos Hídricos de la provincia.
De acuerdo con la demanda de «amparo ambiental», La Pampa busca evitar la escasez de agua potable en localidades como Quehué, Ataliva Roca, Santa Rosa y Toay, en situaciones de fallos en el «defectuoso Acueducto del Río Colorado» o cuando se requiera mantenimiento o readecuación.
En su presentación, argumentaron que en noviembre de 2018, se aprobó en la Cámara de Diputados provincial un proyecto de ley para declarar de utilidad pública ciertas zonas del Valle Argentino, sin participación ciudadana.
Los denunciantes también señalaron que la oferta de agua del acuífero «es cada vez menor», ya que su sistema de recarga depende de las lluvias pampeanas, lo que sobrecarga el sistema con el riesgo de salinización y la posible aparición de arsénico en el agua. Esto, alegan, «afecta, restringe, altera y amenaza los derechos colectivos de los habitantes de la zona a un ambiente equilibrado».
Sin embargo, en marzo de 2021, el Gobierno provincial firmó el Convenio Marco de Colaboración de las Unidades de Gestión del Acuífero del Valle Argentino con intendentes y cooperativas, y presentó allí el estudio de impacto ambiental.
El fallo de la CSJN, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, resalta el «significativo defecto» en la motivación de la disposición que exonera al proyecto del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, lo que es «determinante para la procedencia» de la medida solicitada por los denunciantes. También hace hincapié en el peligro ambiental que representa la obra, citando el plan de monitoreo continuo de la calidad del agua propuesto por la autoridad provincial.
El fallo también destaca la dificultad potencial de reparar el daño ambiental si se permite la realización de la obra sin la correspondiente evaluación de impacto ambiental y proceso de participación ciudadana.
En la resolución, se ordena la comunicación del requerimiento del informe circunstanciado de la demanda de amparo y las citaciones pertinentes, tanto al Estado Nacional como a los Gobernadores de La Pampa y la Provincia de Buenos Aires, así como a los respectivos Fiscales de Estado provinciales.

