Mordió, golpeó y fracturó a su exmujer

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El juez de control Nicolás Casagrande Lorences condenó hoy a Fernando Rubén Colado a la pena de un año de prisión en suspenso por golpear, morder y amenazar a su expareja. Incluso la atacó con un cuchillo y le fracturó el tabique.

Colado fue encontrado como autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en dos hechos independientes entre sí, concursando realmente, y encuadrados en la Ley 26.485 de Protección Integral contra la Mujer. La víctima fue su exconcubina.

La resolución fue dictada a partir de un acuerdo de juicio abreviado convenido entre el fiscal Walter Martos, la defensora particular Alicia Ester Echeveste y el imputado, un estudiante de 20 años. Ellos también convinieron que Colado cumpla con las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar residencia, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras –donde deberá presentarse mensualmente–, abstenerse de ejercer actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, afecten a la víctima, no usar estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.

El primer episodio violento ocurrió el 27 de junio de 2015 cuando la damnificada circulaba a bordo de un auto por Sarmiento y Pico, en Santa Rosa, y Colado se le cruzó adelante con su vehículo, ingresó al de ella y «comenzó a agredirla de manera física y verbal, diciéndole que la había visto con otro hombre; golpeándola contra el torpedo y mordiéndole la oreja izquierda». Luego la atacó con un cuchillo, produciéndole cortes en el brazo izquierdo, por lo que debió ser atendida en la Asistencia Pública y luego en el hospital Lucio Molas.

El segundo hecho sucedió el 1 de marzo de este año, cuando estando ambos en una vivienda se produjo una discusión, el acusado «se ofuscó y le propinó un golpe de puño en el rostro, ocasionándole la fractura del tabique».

«Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados con la prueba reunida, toda vez que lo denunciado por la víctima fue corroborado mediante informes médicos que dieron cuenta de las lesiones», indicó Casagrande Lorences en la sentencia; acotando que «los informes de abordaje a la víctima dieron cuenta del contexto de violencia de género de la que la víctima era objeto, lo que es concordante con la sistemática que surge de la causa a partir de la reiteración de la conducta de Colado».

Por otro lado, el juez de audiencia, Gastón Boulenaz, a través de otro juicio abreviado, condenó hoy a Matías Agustín Asad, a la pena de seis meses de prisión en suspenso, por ser autor de los delitos de amenazas simples, en tres oportunidades, y lesiones leves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima, los que concursan en forma real.

A su vez le fijó, como reglas de conducta por dos años, fijar domicilio –del que no podrá ausentarse sin autorización del Juzgado de Ejecución–, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, y abstenerse de perturbar o intimidar, directa o indirectamente, a su ex pareja.

El abreviado fue firmado por el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Pablo De Biasi y el imputado, un ayudante de albañil de 28 años que admitió su culpabilidad. La víctima también dio su consentimiento al acuerdo cuando fue notificada de él por el Ministerio Público Fiscal.

Con las pruebas reunidas durante la investigación preliminar, quedó demostrado que el 27 de octubre de 2014, Asad fue hasta el domicilio de su ex pareja y desde el exterior le dijo que la mataría. Poco después, el 9 de noviembre, le manifestó que «si pedís ayuda a la policía te prendo fuego», y al día siguiente –cuando la damnificada estaba en la casa de un amigo– llegó hasta allí, comenzaron a discutir, y le dio golpes de puño en el rostro y puntapiés en el estómago, expresándole nuevamente que la mataría.

FUENTE: Diario Textual