Polémica por condena a prisión efectiva para una joven madre por usurpación

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La jueza de audiencia Alejandra Ongaro condenó a seis meses de prisión efectiva a MAB, una joven madre de 35 años y seis hijos, por el delito de usurpación. La sentencia fue dictada tras probarse que la acusada ingresó y permaneció sin autorización en una vivienda ubicada en la calle Callaqueo 646, propiedad de Daniel Osvaldo Cáceres, entre el 29 de diciembre de 2023 y el 5 de enero de 2024.

Polémica por condena a prisión efectiva para una joven madre por usurpación

Según la investigación, MAB accedió a la casa a través de un portón asegurado con un alambre y luego ingresó por una puerta balcón sin rejas de protección. La fiscal Leticia Pordomingo sostuvo que estos actos constituyeron una ocupación clandestina y sin consentimiento del dueño.

El debate judicial: permiso negado y condena efectiva

La defensa de la acusada, a cargo del defensor oficial Juan José Hermúa, argumentó que MAB había recibido permiso del propietario, alegando la existencia de una relación previa entre ambos. No obstante, la jueza Ongaro desestimó esa versión al considerar que no había pruebas suficientes para confirmar dicha autorización.

En su declaración, MAB afirmó conocer a Cáceres desde hacía más de cinco años y aseguró que él le había permitido vivir en la propiedad a cambio de encuentros personales. Sin embargo, el denunciante negó categóricamente cualquier vínculo y aseguró no haber cedido el derecho de habitación. Testigos presentados por la Fiscalía, entre ellos la hija del propietario y efectivos policiales, respaldaron la versión del dueño de la vivienda.

El fallo y la controversia social

La jueza Ongaro consideró probado que la acusada privó a Cáceres del uso y goce de su propiedad durante más de un año, aplicando el artículo 181, inciso 1º del Código Penal para dictar la condena. La Fiscalía había solicitado un año de prisión efectiva, pero la magistrada impuso seis meses, teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad social de la imputada y su abandono voluntario del inmueble en febrero de 2025.

Sin embargo, debido a antecedentes penales previos por hurto en 2019, la pena será de cumplimiento efectivo. La sentencia ha generado polémica y críticas por considerarse una respuesta punitiva a un problema estructural, desestimando alternativas como la mediación o la asistencia social para evitar la prisión de una madre de familia.