La diputada del PRO, Celeste Rivas, presentó un proyecto de ley en La Pampa destinado a prevenir la ludopatía infantil en línea. La iniciativa propone cuatro medidas clave para abordar esta problemática creciente entre niños, niñas y adolescentes.

Medidas Propuestas
- Identificación del Usuario: Requiere la identificación de los usuarios mediante una declaración jurada o a través del Sistema de Identidad Digital (SID), que permite validar la identidad a distancia y en tiempo real con el RENAPER mediante factores de autenticación biométrica.
- Prohibición de Acceso en Ámbitos Educativos y Recreativos: Se prohíbe el acceso a las plataformas y aplicaciones de juegos y apuestas en línea en todos los entornos educativos, culturales, deportivos y recreativos frecuentados por menores de edad.
- Prohibición de Publicidad: Se prohíben las publicidades de juegos de apuestas en línea a través de cualquier medio de difusión, para evitar la exposición de menores a estas prácticas.
- Responsabilidad de las Agencias de Juegos: Las agencias de juegos deberán adoptar medidas para impedir el acceso de menores de edad a sus plataformas, responsabilizándose por el cumplimiento de esta normativa.
Definiciones y Objetivos
El proyecto define «ludopatía infantil en línea» como un «patrón de comportamiento de niños, niñas y adolescentes de compra de cajas de botín y juego de apuestas persistente o recurrente que se realiza principalmente a través de internet». Las «cajas de botín» o «loot boxes» son elementos en aplicaciones en línea que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear. El «juego de apuestas en línea» incluye juegos de azar, apuestas deportivas, apuestas en juegos virtuales y apuestas en eventos no deportivos.
El objetivo del proyecto es promover medidas preventivas y disuasorias de la ludopatía infantil en línea y concientizar sobre esta problemática. La diputada Rivas explicó: «Este proyecto propone la implementación de un marco legal integral que aborde la problemática de la ludopatía infantil, estableciendo medidas preventivas, regulatorias y de intervención que salvaguarden los derechos y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes».
Prohibiciones Específicas
El artículo 9 del proyecto establece la prohibición en el ámbito educativo: «Prohíbase en el ámbito educativo de niños, niñas y adolescentes el acceso a través de sus servidores a las plataformas y/o aplicaciones de juego de apuestas en línea y/o aquellas que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear».
El artículo 10 extiende esta prohibición a los espacios culturales, deportivos y recreativos: «Prohíbase en los espacios culturales, deportivos y recreativos destinados a niños, niñas y adolescentes el acceso a través de sus servidores a las plataformas y/o aplicaciones de juego de apuestas en línea y/o aquellas que contienen recompensas virtuales aleatorias que los jugadores pueden adquirir o desbloquear».
Finalmente, el artículo 11 se refiere a la información y concientización: «En los espacios escolares, culturales, deportivos y recreativos deberá instalarse cartelería informativa que precise los alcances y objetivos de la presente Ley y de a conocer las vías o medios de contacto que la provincia ha establecido para atender las inquietudes o problemáticas vinculadas a la ludopatía infantil en línea».
Repercusiones y Próximos Pasos
El proyecto de ley de Celeste Rivas busca establecer un marco legal claro y efectivo para proteger a los menores de edad de los riesgos asociados a la ludopatía en línea. La discusión y aprobación de esta iniciativa serán cruciales para definir cómo La Pampa enfrenta esta creciente preocupación social.
