La Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó por “inadmisible” un recurso de casación y así confirmó la pena a tres años de prisión en suspenso -es decir que no irá a la cárcel- contra un joven de 31 años de edad que al mando de una camioneta, y sin carnet de conducir ni seguro, atropelló y mató a Jonathan Gabriel Vázquez en la localidad de Santa Isabel.
El fallo, al que accedió hoy Diario Textual, fue firmado el 19 de junio. El condenado es Heber Nadir Sol, quien ahora solo le queda la posibilidad de que la sentencia sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
“El contenido de esos planteos -dijeron los jueces del STJ- no amerita la habilitación de esta instancia extraordinaria y de exclusiva reserva para cuestiones de derecho, en tanto remite, como ya fuera advertido, al análisis de cuestiones ajenas a la competencia material de este Tribunal, propias de instancias ya precluidas del proceso”.
En abril de este año, el juez Gastón Boulenaz condenó a Heber Nadir Sol, de 31 años, por el delito de homicidio culposo agravado por la conducción negligente, imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículos motorizados por el término de diez años. También impuso a Sol, por el término de dos años, las siguientes reglas conductas: fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras para personas en conflicto con la ley pena –Ley 2831-; abstenerse de usar estupefaciente y de abusar de bebidas alcohólicas y someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia.
Ese fallo fue confirmado posteriormente por el Tribunal de Impugnación Penal y ahora por el STJ.
El juez Boulenaz dio por probado que el 6 de febrero de 2016, cerca de las 21, Sol conducía una camioneta pick up por la ruta nacional nº 143 de Santa Isabel. Inmediatamente después de trasponer la calle Namuncurá, embistió a Jonathan Gabriel Vázquez, quien intentaba cruzar en forma pedestre la ruta. Como consecuencia del impacto, Vázquez sufrió un shock hipovolémico por rotura del bazo. Esa lesión le causó la muerte.
El juez, en su fallo, dijo “existió por parte del encartado una grave violación al deber de cuidado que le imponía en el caso la conducción del vehículo” de porte mayor. “No sólo no contaba con registro habilitante –tampoco seguro obligatorio-, lo que per se le impedía la conducción del rodado en cuestión, constituyendo dicha infracción una falta grave (Art. 77 inc. d) Ley 24449) sino que además circulaba con exceso de velocidad (66 Km/h), y sin el debido control y precaución que la conducción exigía para el caso concreto”, argumentó.